SEGUROS DE EMBARCACIONES
Una amplia gama de seguros multirriesgo especializados en embarcaciones.
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PREGUNTAS
FRECUENTES
¿Es obligatorio el seguro de embarcaciones?
Dependiendo del tipo de embarcación es posible que el seguro sea obligatorio, todas las propulsadas a motor, incluyendo las motos acuáticas, son requeridas de tener seguro de embarcaciones.
Las embarcaciones no propulsadas a motor solo deberán tener seguro de embarcaciones si superan los 6 metros de eslora.
A pesar de no ser obligatorio, se recomienda tener por la posibilidad de causar daños a otros barcos o personas.
En caso de embarcaciones de recreo, el Real Decreto 607/1999 estipula que deben poseer un seguro de responsabilidad civil.
¿Se puede navegar sin seguro obligatorio?
Navegar sin seguro obligatorio puede ser objeto de sanción, es muy común que los puertos deportivos te obliguen a tener un seguro vigente para que la embarcación esté en sus instalaciones.
Como con otros seguros, en caso de ocurrir un siniestro, serán tanto el armador como el patrón los que se hagan cargo del daño ocasionado.
Por otro lado, todas las competiciones de vela exigen tener un seguro vigente para participar.
¿Qué es el valor venal, de reposición o de nuevo de un yate?
El valor venal se refiere al valor que la embarcación hubiera tenido justo antes del siniestro. Mientras que el valor de reposición sería el precio de compra de la embarcación, difiriendo del valor venal en el margen que se llevaría el vendedor.
La Ley del Contrato de Seguro prohibe el enriquecimiento injusto, en la práctica esto significa que en caso de siniestro el asegurado no debería salir beneficiado, y que por tanto tendrá derecho a recibir el valor venal de la embarcación.
¿Qué es una pérdida total constructiva?
La pérdida total constructiva es un término que se utiliza para describir el evento en el cual el coste de reparación de un barco es igual o superior a un porcentaje de valor real del barco.
Se suele fijar en un 75% en el cual se consideraría que existe una perdida total constructiva.
¿Qué es universalidad del riesgo?
Es un concepto del seguro marítimo o naútico, que se rige por la universalidad del riesgo, es decir los riesgos de mar.
Es un concepto que puede beneficiar al asegurado en siniestros concretos, apelando a la universalidad del riesgo del mar.