SEGURO PARA VEHICULOS INDUSTRIALES
Una amplia gama de seguros de vehículos industriales de calidad. Desde la cobertura mínima obligatoria al todo riesgo más completo y flotas.
SEGUROS DE VEHICULOS INDUSTRIALES
EN RAMOS ROJANO TE AYUDAMOS A ENCONTRAR EL MEJOR SEGURO PARA TUS NECESIDADES Y TU PRESUPUESTO
RECOMENDACIONES
-Edad y antigüedad del carnet de conducir del conductor habitual del vehículo asegurado.
-Precio y potencia del vehículo asegurado.
-Provincia habitual de circulación del vehículo asegurado.
Obligatorias: Vienen determinadas por Ley. Se trata de la conocida como Responsabilidad Civil Obligatoria (RCO). En la actualidad el límite es de 350.000 €.
Voluntarias: Son un conjunto de garantías y capitales complementarios que son de libre contratación. Podemos establecer dos grandes grupos:
-Ampliación de la RCO: Esta garantía, conocida como Responsabilidad Civil Voluntaria (RCV), es una ampliación de capital sobre las coberturas de la RCO.
-Garantías complementarias: Incluyen coberturas que son de uso frecuente y que es en la mayor parte de las ocasiones interesante tener contratadas. Incluyen Asistencia en Carretera, Seguro de Ocupantes, Robo, Lunas y Daños Propios y Defensa y reclamación de Daños.
Es habitual que las aseguradoras establezcan paquetes mínimos de contratación, que suelen incluir, como mínimo, la RCO, la RCV, la Asistencia en Carretera y el Seguro de Ocupantes y Defensa y Reclamación de Daños.
– Controle las posibles exclusiones de algunos conductores no habituales.
Tenga en cuenta que todas las compañías excluyen de la póliza los siniestros causados por conductores agravados, normalmente por ser menores de una determinada edad (25-27 años), o bien por tener poca antigüedad de carnet (2 años). Esta exclusión es lícita, siempre que esté debidamente destacada y aceptada por usted de forma expresa al firmar la póliza, y nunca puede afectar a la cobertura del seguro obligatorio.
– Declare todos los accesorios del vehículo, ya sean o no de serie.
Los accesorios del vehículo pueden ser o no de serie. Un accesorio se considera de serie cuando todas las versiones del mismo, aun la más básica, lo llevan incluido de fábrica. Ante la duda, especifique siempre todos los accesorios.
– Siniestro Total: valor de nuevo, valor venal, y valor venal mejorado.
-Valor de nuevo: En caso de siniestro, la compañía indemniza el valor del vehículo siniestrado en estado de nuevo, sin ningún tipo de depreciación, e incluyendo todos los impuestos.
-Valor venal: En caso de siniestro, la compañía indemniza el valor que el vehículo tenía en el mercado en el momento anterior al siniestro, teniendo en cuenta la depreciación por antigüedad.
-Valor venal mejorado: Es un valor intermedio entre los dos anteriores. En caso de siniestro, el asegurador indemniza el valor venal, más un tanto por ciento de la diferencia entre el valor venal y el valor de nuevo.
En caso de siniestro, si el coste de la reparación del vehículo es superior al 75% del valor venal, la compañía paga el valor venal. Hay que distinguir dos casos:
-En caso de que el siniestro se cubra a través de la garantía de daños:
En este caso, si usted firmó en póliza su conformidad con esta forma de proceder, la compañía está en su derecho de indemnizarle el valor venal y negarse a reparar.
-En caso de que el siniestro sea responsabilidad de un tercero:
En este caso, la compañía del causante del daño no tiene derecho a imponer la indemnización del valor venal y negarse a reparar, ya que no existe ningún contrato entre usted y la compañía del causante mediante el cual usted se haya obligado a aceptar tal restricción.
– En caso de que haya un tercero implicado.
Intente siempre cumplimentar el parte amistoso junto al tercero implicado. Procure reflejar las circunstancias reales del accidente, sin hacer valoraciones sobre las posibles responsabilidades.
– En caso de que no haya un tercero implicado.
Si se trata de un siniestro de robo, recuerde que la denuncia e Policia será siempre necesaria. En cualquier caso, contacte siempre con nosotros.
¿POR QUÉ ELEGIR A RAMOS ROJANO?
ADAPTABILIDAD
ATENCIÓN PERSONALIZADA
PROTECCIÓN COMPLETA
PREGUNTAS
FRECUENTES
¿Para que tipo de vehículos está destinado este tipo de seguros?
Nuestros seguros para camiones y vehículos industriales están destinados a éstos cuyo peso supere los 3.500 kilogramo ya sean autobuses, camiones o furgones o que tengan una finalidad de uso industrial como grúas hormigoneras o tractores.
¿Qué cobertura tienen los seguros para vehículos industriales que ofrecemos?
Como en otros seguros, la cobertura va a fluctuar enormemente dependiendo de la situación específica, y en este caso del vehículo.
¿Qué coberturas ofrece un seguro para un camión?
En el caso de un camión, el precio depende principalmente del modelo y la antigüedad y de la naturaleza del servicio en el que es utilizado (por ejemplo si es de ámbito nacional o internacional) y del tipo de uso (público o particular) y también del tipo de mercancías que va a transportar.
Suelen ser seguros a terceros, aunque se pueden llegar a negociar coberturas extra por el para cubrir la mercancía.
¿Qué tipo de coberturas son comunes en autobúses?
Para autobuses como en camiones va a depender sobre todo de las características del autobús y de la naturaleza del transporte, es decir, del tipo de recorrido y de si es nacional o internacional.
Otra cosa a tomar en cuenta será el conductor principal del autobús. También se suele ofrecer un seguro a terceros.
¿Qué influye en las coberturas y precios de un vehículo industrial?
El precio de vehículos industriales se ve determinado principalmente por el tipo de vehículo y su uso. Suele incluir un seguro básico de cobertura para el conductor/usuario.
Mi vehículo pesa menos de 3.500kg ¿Qué tipo de seguro debería buscar?
Si tu vehículo tiene un peso inferior a 3.500kg, sería considerado un vehículo comercial. Te recomendamos contactarnos para que podamos ofrecerte asesoramiento sobre el mejor seguro en este caso.