SEGUROS DE ACCIDENTES

Una amplia gama de seguros de accidentes para cubrir a tu familia y protegerte de las consecuencias derivadas de un accidente.

SEGUROS DE ACCIDENTES

EN RAMOS ROJANO TE AYUDAMOS A ENCONTRAR EL MEJOR SEGURO PARA TUS NECESIDADES Y TU PRESUPUESTO

Los accidentes personales junto con los daños Materiales (edificio y contenido) y los siniestros relacionados con la responsabilidad civil son los 3 riesgos más comunes que sufren las pequeñas y medianas empresas (pymes). Es por eso, que seguros como el de Accidentes son uno de los más demandados.

Pero no sólo las pymes tratan de protegerse de los riesgos derivados de un accidente que puedan sufrir sus trabajadores sino que son muchas personas las que deciden, a título individual, contratar uno de estos productos para cubrir a su familia en caso de muerte o invalidez a causa de un accidente.

CONSEJOS

El seguro de Accidentes cubre, como su propio nombre indica, los daños corporales que sufra un asegurado como consecuencia de un accidente ya sea en su vida privada o mientras se encontraban desarrollando su actividad profesional. Entre los riesgos cubiertos se encuentra la muerte, la invalidez permanente y absoluta y las repercusiones económicas que pueda sufrir, como los gastos sanitarios.

Causalidad, elemento esencial

La relación de causalidad es un elemento que tiene que existir para que el seguro de Accidentes se active. Es decir, tiene que haber una causa y un efecto.

La causa debe ser, tal y como recoge la Ley del Contrato del Seguro, violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad de éste. De esta forma, se especifica qué características tienen que concurrir en un suceso para que sea entendido por la aseguradora como un accidente susceptible de indemnización.

En cuanto al efecto del accidente, éste tiene que ser la muerte o invalidez (permanente o temporal) del asegurado para que la compañía pague la indemnización al beneficiario que figure en la póliza, que será el que el asegurado haya designado. También podrá ser él mismo, en caso de invalidez o de precisar asistencia sanitaria a raíz del accidente.

Las coberturas principales incluidas en un seguro de Accidentes son el pago de una indemnización por el fallecimiento o invalidez así como el pago de una renta mensual por éste último motivo. También se suele contemplar el pago de una cantidad diaria, hasta el límite fijado en el contrato, por hospitalización.

Pero un seguro de este tipo puede ir más allá e incorporar coberturas más propias de otras pólizas como puede ser la asistencia sanitaria, en viaje e incluso domiciliaria, así como protección jurídica o adelanto de gastos de sepelio.

El seguro cubre las lesiones causadas por un accidente pero no todos están contemplados por la póliza. Uno de los excluidos, en este caso por ley, es aquel que provoca el asegurado de manera intencionada. En este caso, la aseguradora no está obligada a cumplir con lo acordado en el contrato.

También están fuera del alcance de la cobertura de este seguro las lesiones corporales derivadas de un conflicto armado, de una manifestación o de una huelga legal. Tampoco están cubiertos los accidentes que han tenido lugar antes de que el asegurado pagara la prima o si se ha producido cuando el seguro estaba extinguido o la cobertura suspendida debido a un impago.

Los daños causados por un accidente de circulación también pueden estar excluidos del seguro, a no ser que la aseguradora permitiera incluir este supuesto en la póliza. De todas formas, los daños sufridos en este tipo de siniestros son imputables al seguro de Coche.

El seguro de Accidentes se puede contratar de manera individual o lo puede suscribir una empresa para asegurar a todos sus trabajadores. En este caso se trataría de un seguro de Accidentes Colectivo. Pero también existen otras modalidades como el incluido en el billete de un tren o un autobús, el que se contrata para asegurar al conductor de un vehículo o el que puede contemplar una póliza multirriesgo.

El seguro de Accidentes individual es el que contrata una persona de manera voluntaria para cubrir a su familia, o persona que figure como beneficiario, y a sí mismo de las consecuencias derivadas de un accidente.

El asegurado puede optar entre cubrir cualquier tipo de incidente o limitarlo a un riesgo concreto como, por ejemplo, el ocurrido durante el desarrollo de su actividad profesional.

¿POR QUÉ ELEGIR A RAMOS ROJANO?

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ATENCIÓN PERSONALIZADA

PROTECCIÓN COMPLETA

PREGUNTAS
FRECUENTES

El seguro de Accidentes cubre, como su propio nombre indica, los daños corporales que sufra un asegurado como consecuencia de un accidente ya sea en su vida privada o mientras se encontraban desarrollando su actividad profesional. Entre los riesgos cubiertos se encuentra la muerte, la invalidez permanente y absoluta y las repercusiones económicas que pueda sufrir, como los gastos sanitarios.

 

Causalidad, elemento esencial

La relación de causalidad es un elemento que tiene que existir para que el seguro de Accidentes se active. Es decir, tiene que haber una causa y un efecto.

La causa debe ser, tal y como recoge la Ley del Contrato del Seguro, violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad de éste. De esta forma, se especifica qué características tienen que concurrir en un suceso para que sea entendido por la aseguradora como un accidente susceptible de indemnización.

 

En cuanto al efecto del accidente, éste tiene que ser la muerte o invalidez (permanente o temporal) del asegurado para que la compañía pague la indemnización al beneficiario que figure en la póliza, que será el que el asegurado haya designado. También podrá ser él mismo, en caso de invalidez o de precisar asistencia sanitaria a raíz del accidente.

Las coberturas principales incluidas en un seguro de Accidentes son el pago de una indemnización por el fallecimiento o invalidez así como el pago de una renta mensual por éste último motivo. También se suele contemplar el pago de una cantidad diaria, hasta el límite fijado en el contrato, por hospitalización.

 

Pero un seguro de este tipo puede ir más allá e incorporar coberturas más propias de otras pólizas como puede ser la asistencia sanitaria, en viaje e incluso domiciliaria, así como protección jurídica o adelanto de gastos de sepelio.

El seguro cubre las lesiones causadas por un accidente pero no todos están contemplados por la póliza. Uno de los excluidos, en este caso por ley, es aquel que provoca el asegurado de manera intencionada. En este caso, la aseguradora no está obligada a cumplir con lo acordado en el contrato.

 

También están fuera del alcance de la cobertura de este seguro las lesiones corporales derivadas de un conflicto armado, de una manifestación o de una huelga legal. Tampoco están cubiertos los accidentes que han tenido lugar antes de que el asegurado pagara la prima o si se ha producido cuando el seguro estaba extinguido o la cobertura suspendida debido a un impago.

 

Los daños causados por un accidente de circulación también pueden estar excluidos del seguro, a no ser que la aseguradora permitiera incluir este supuesto en la póliza. De todas formas, los daños sufridos en este tipo de siniestros son imputables al seguro de Coche.

Actualmente, es muy común complementar este seguro de accidentes con packs que complementen la compensación en caso de necesitarlo.

 

Las compañias cada vez mas se adaptan a las necesidades del cliente y las situaciones especificas de cada uno. Te recomendamos hacer una lista de elementos que consideres específicamente importantes y lo hables con tu agente.

 

En Ramos Rojano estaremos encantados de mirar tu caso y aconsejarte sin ningún tipo de compromiso.

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